Los estándares de Sri Lanka para la canela de Ceilán SLS 81:2021
Mike de LiveraCompartir
El Instituto de Normas de Sri Lanka ha introducido una norma para la canela de Sri Lanka, SLS 81:2021, que especifica los grados de canela, los límites microbiológicos, los niveles de residuos de pesticidas y los niveles de metales pesados para proteger a los consumidores.
SRI LANKA ESTÁNDAR 81: 2021
UDC 664.56
ESPECIFICACIÓN PARA CEILÁN CANELA (QUINTA REVISIÓN)
SRI LANKA ESTÁNDARES INSTITUCIÓN
Estándar de Sri Lanka ESPECIFICACIÓN PARA LA CANELA DE CEILÁN
(Quinto [[t8178 ]]Revisión)
SLS 81: 2021
Gr. 8
SRI LANKA [[t1176 7]]ESTÁNDARES INSTITUCIÓN
17 Victoria Place Elvitigala Mawatha Colombo 8
Sri Lanka.

© SLSI 2021
Todos derecha reservado.
Estándar de Sri Lanka ESPECIFICACIÓN PARA LA CANELA DE CEILÁN
(Quinto[[t18153] ] [[t18225 ]]Revisión)
PRÓLOGO
Esta norma de Sri Lanka fue aprobada por el Comité Sectorial de Productos Alimenticios y fue autorizada para adopción y publicación como una norma de Sri Lanka por el Consejo de la Institución de Normas de Sri Lanka el 29.07.2021
La canela de Ceilán, que también se conoce como canela verdadera, se refiere a la especie específica cultivada de canela autóctona de Sri Lanka (Ceilán). El término "Ceilán" denota el origen geográfico y el término "canela" denota la especie específica de la planta. Canela de Ceilán (cingalés: Kurundu, tamil: Karuwa, inglés: Ceilán canela, francés: Cannelle de Ceylan, alemán: Ceylon zimt, japonés: Seiron Nikkei, español: Canelero de Ceilan, mexicano: Canela).
La canela de Ceilán se produce a partir del árbol Cinnamomum zeylanicum Blume. Botánicamente la planta de canela de Ceilán pertenece al género Cinnamomum de la familia Lauraceae. “zeylanicum” en el [[t2 0509]]botánico nombre indica que el canela árbol es indígena y nativo a Sri Lanka (Ceilán).
En adición a[[t 21302]] los cultivados
- Cinnamomum dubium Nees
- Cinnamomum ovalifolium Peso
- Cinnamomum litseafolium Thwaites
- Cinnamomum citriodorum Thwaites
- Cinnamomum rivulorum Kostermans
- Cinnamomum sinharajense Kostermans
- Cinnamomum capparu- coronde Blume
La canela de Ceilán es una de las primeras especias comercializadas en el mundo antiguo. Originalmente se comercializaba por tierra entre su origen [[t2 6083]]y el [[t2618 1]]árabe mundo [[t26282 ]]y luego por barco a Europa después de la apertura de las rutas marítimas hacia el Océano Índico y la Bahía de Bengala a finales 15 siglo.
Sri Lanka fue el primer país del mundo que comenzó el cultivo sistemático de canela de Ceilán desde la antigüedad. La canela de Ceilán procedente de Sri Lanka fue introducida por los colonos holandeses y británicos en la India y otras regiones, especialmente en las islas de Seychelles y Madagascar. Sri Lanka es, con diferencia, el mayor país productor de canela de Ceilán en el mundo y la exportación de canela en forma de púas ha sido un característica única.
Este Estándar se publicó por primera vez en 1973. La primera revisión se produjo en 1976, dividiendo el Estándar en dos partes. La parte 1 fue para las púas de canela. La segunda parte, que trataba sobre quillings, plumas y chips de canela, se publicó en 1978 como segunda revisión. ISO 6539 fue adoptada como norma nacional en 2001 como tercera revisión. En 2010, se levantó la adopción y la Norma se convirtió nuevamente en la Norma de Sri Lanka como cuarta revisión fusionando todos los tipos de canela. En esta quinta revisión, la canela molida también se incluye en la Norma. alcance y definiciones son actualizados. Requisito químico s son revisados[[t28951 ]] a reunirse [[t2 9087]]el requerido
calidad del producto. Se introducen límites microbiológicos, niveles de residuos de pesticidas y niveles de elementos potencialmente tóxicos para salvaguardar a los consumidores.
Esta Norma está sujeta a las restricciones impuestas en virtud de la Ley de Alimentos de Sri Lanka N° 26 de 1980 y las reglamentaciones formuladas en virtud de la misma.
A los efectos de decidir si se cumple un requisito particular de esta Norma, el valor final, observado o calculado, que expresa el resultado de una prueba o un análisis se redondeará off in de conformidad con SLS 102. El número de significativos las cifras a se se conservan en forma redondeada El valor off será el mismo que el valor especificado en esta Norma.
En la revisión de esta Norma, se agradece la valiosa ayuda derivada de las siguientes publicaciones.
ISO 6539: 2014[[t31418 ]] Canela (Canela zeylanicum Blume.) – Especificación
1 ALCANCE
Esta norma prescribe los requisitos y métodos de muestreo y pruebas para la corteza seca procesada de canela de Ceilán, Cinnamomum zeylanicum Blume suministrada en forma de en forma de púas, cortadas púas, púas, plumones, chips, cortes especiales triturados y canela en polvo.
2 REFERENCIAS
|
SLS |
102 |
Reglas para redondeo |
|
SLS |
124 |
Prueba tamices |
|
SLS |
143 |
Código de [[t36 116]]practica para géneros l principios de[[t36578] ] comida higiene |
|
SLS |
186 |
Métodos de[[t 37618]] prueba para especias y condimentos |
|
|
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Parte 1: [[t38813] ]Preparación de [[t39033] ]una tierra muestra[[t39277 ]] para análisis |
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Parte [[t40060] ]3: Determinación[[t40 214]] de [[t4038 0]]total ceniza |
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Parte 4: Determinación [[t413 12]]de ácido [[t4151 2]]insoluble ceniza |
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Parte 5: Determinación de mo isture content – Método de arrastre método |
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Parte [[t4359 1]]8: Det erradicación de inmundicia |
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|
Parte [[t4 4523]]11: Determin ion de[[t4 4780]] volátil |
|
|
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Parte 12:[[t 46026]] Determinación de d egree de |
|
|
|
método (Refe referencia método) |
|
SLS |
428 |
Aleatorio muestra ling métodos |
|
SLS |
516 |
Métodos [[t495 12]]de prueba[[t4 9656]] para [[t49816 ]]microbiología de comida[[t5008 1]] y animal alimentación cosas |
|
|
|
Parte 5: [[t51178 ]]Método horizontal para la detección [[t 51703]]de Salmonella spp. |
|
|
|
Parte 12: Horizonte al método[[t52802] ] para |
|
|
|
presunto Escherichia coli (Más Probable Número técnica) |
|
SLS |
910 |
Máximo residuo[[t55452] ] límites [[t55627] ]para pesticidas en comida |
|
SLS |
1332 |
Métodos de prueba para fruta y vegetales productos |
|
|
|
Parte 5: [[t5 8090]]Determinación de total Azufre |
|
SLS |
1523 |
Requisitos para bueno prácticas agrícolas prácticas |
|
|
|
Parte 3: Canela , Pimienta,[[t60650] ] Café |
|
SLS |
1562 |
Buena fabricación[[t61566] ] prácticas para Ceilán canela procesamiento |
|
|
|
Parte 1: Cinnamo n ladra productos |
Métodos oficiales de análisis, Asociación de Químicos Analíticos Oficiales (AOAC) 20a edición, 2016
3 DEFINICIONES
Para el propósito de este Estándar,
3.1 púas: Raspado cáscara de la corteza interior de tallos maduros de canela de Ceilán, primero seca bajo sombra a rizo [[t6 5313]]y se unieron juntos por
3.2
3.3
3.4
3.5
3.6
3.7
3.8 aplastado: Grueso molde forma de pelado secado interno corteza de ma tura Ceilán canela
3.9 especial cortes: Cortar forma de[[t72480] ] pelado secado interior[[t72 633]] corteza de madura[[t72 781]] Ceilán canela
3.10 foxing: El aparición de manchas de color marrón rojizo en la superficie de las púas, que pueden volverse de color marrón oscuro con el tiempo. El zorro puede ser:
- superficial parches (“malkorahedi ”): Apareciendo en el [[t7402 3]]superficie de las púas
-
parches pesados (“korahedi”): Resultando daños en la superficie de las púas y haciendo que la superficie sea desigual
3.11
4 COMERCIAL CALIFICACIONES/ TIPOS
Comercial calidades de Ceilán canela tipos deberán [[t76635] ] como sigue.
4.1 Púas
Las púas de canela de Ceilán se clasifican según su diámetro, número de púas por kilogramo, color y grado de zorro.
Directriz en este[[t77 615]] respeto es [[t77755] ]dado en Apéndice
Cuando púas [[t78 248]]están empaquetados en fardos, it[[t784 57]] deberá conforme a el [[t7 8695]]directriz dada [[t788 00]]en Apéndice C.
4.2 Cortar púas
Las púas cortadas de canela de Ceilán se clasifican según la longitud, el color y la extensión del zorro.
Directriz en este[[t79 817]] respeto es [[t79957] ]dado en Apéndice
4.3 Quillings
Quillings pueden contener[[t80746 ]] plumas no excede ding 5 por cen t por masa.
4.4
4.5
4.6 Tierra (en polvo)
4.7
4.8 Especial cortes
5 REQUISITOS
5.1 Higiene
El producto deberá cultivarse según Buenas Prácticas Agrícolas (Parte 3 de SLS 1523), cosecharse, procesarse, empaquetarse, almacenarse y transportarse en condiciones higiénicas según lo prescrito en SLS 143 y SLS 1562.
5.2 Color
Color de [[t 84794]]el producto [[t84 895]]deberá ser en de conformidad con el colo urs dado en Apéndice [[t854 05]]D.
5.3 Olor y sabor
El producto tendrá el olor característico y dulce suave sabor con sensación de ardor caliente. Estará libre de olores y sabores extraños.
5.4 Molde, inse ct infestación y[[t86964 ]] animal excrementos
El producto deberá estar libre de moho, insectos vivos y muertos, fragmentos de insectos y excrementos de animales visibles a simple vista o utilizando los instrumentos de aumento necesarios. Si el aumento es ×10, este factor se mencionará en el informe de prueba.
En caso de disputa, la contaminación de la canela molida se determinará mediante el método descrito en la Parte 8 de SLS 186.
5.5 [[t88095 ]]Extranjero y extraño materia
El producto deberá[[t8 8587]] ser libre f rom extranjero y asunto extraño .
5.6 Partícula tamaño
5.6.1
La canela de Ceilán deberá molerse lo suficiente como para que el 100 por ciento del material pase a través de un tamiz [[t90 221]]de 500 μm [[t903 65]]apertura tamaño conforme[[t90485] ] a SLS 124 y más que 90 por céntimos de pasará a través de un tamiz con un tamaño de apertura de 300 μm conforme a SLS 124 cuando se determina mediante el método especificado en Parte 12 de SLS 186.
5.6.2 Aplastado
La canela de Ceilán se triturará de manera que el 100 por ciento del material pase a través de un tamiz con un tamaño de apertura de 1000 μm conforme a SLS 124 y más del 90 por ciento de el material se retendrá en un tamiz de tamaño de apertura de 500 µm conforme a SLS 124 cuando se determine mediante el método especificado en Parte 12 de SLS 186.
5.6.3 Especial cortes
El partícula tamaño de especial cortes deberán variando de 1 mm a 5 mm.
5.7 Requisitos químicos
El producto deberá cumplir con el requisito químico indicado en la tabla 1, cuando se pruebe de acuerdo con los métodos indicados en la columna 5 de la tabla.
TABLA 1 [[t94 643]]- Químico [[t94742 ]]requisitos para Ceilán canela
|
Sl No
(1) |
Característica
(2) |
Requisito |
Método de Prueba
(5) |
|
|
Púas, Cortar plumas, Quillings, Plumas, Chips (3) |
Molido (en polvo), Triturado, Cortes especiales (4) |
|||
|
i) |
Humedad, [[t1003 06]]por [[t100416] ]centavo por[[t100553] ] masa, |
14.0 |
12.0 |
SLS 186: |
|
|
máx. |
|
|
Parte 5 |
|
ii) |
Total como h, por |
5.0 |
8.0 |
SLS 186: |
|
|
máx. |
|
|
Parte 3 |
|
iii) |
Ácido insoluble [[t107689] ]ceniza, por[[t107827 ]] centavo |
1.0 |
1.0 |
SLS 186: |
|
|
por mas s, máx. |
|
|
Parte 4 |
|
iv) |
Volátil [[t111303 ]]aceite c contenido, en[[t11155 5]] seco |
1.0* |
0.5 |
SLS 186: |
|
|
base, [[t113377 ]]ml/ 100 g,[[t113623] ] mín. |
|
|
Parte 11 |
|
v) |
Azufre, [[t11531 3]]como SO[[t115519 ]]2, m g/ kg, |
150,0 |
150.0 |
SLS 1332: |
|
|
máx. |
|
|
Parte 5 |
*Mínimo volátil aceite contenido[[t1 18841]] en seco[[t11 8937]] base para[[t 119036]] chips shal l ser 0.5 ml/ 100 g.
5.8 Límites microbiológicos
El producto deberá cumplir con los límites microbiológicos indicados en la Tabla 2 cuando se analice de acuerdo con los métodos indicados en la columna 4 de la tabla.
TABLA 2 – Microbiológico límites para Ceilán canela
|
Sl No (1) |
Organismo (2) |
Límite (3) |
Método de Prueba (4) |
|
i) ii) |
Escherichia coli, (MPN), por g, máx. Salmonella spp, en[[t1248 77]] 25 g |
Ausente Ausente |
SLS 516: Parte 12 SLS 516: Parte 5 |
NOTA
Es es no necesario a llevar fuera este prueba como a rutina para todos el muestras. Esto debería ser probado por si acaso de disputa y cuando requerido por el comprador o proveedor o cuando hay cualquier sospecha de contaminación microbiana.
6 CONTAMINANTES
6.1 Residuos de pesticidas
El producto deberá cultivarse y procesarse con especial cuidado conforme a Buenas Prácticas Agrícolas (SLS 1523: Pat 3) y Buenas Prácticas de Manufactura (SLS 143 y SLS 1562), entonces que residuos o f esos pesticida es que puede[[t1 29980]] ser requerido[[t13008 1]] en el
prácticamente inevitables se reducen al nivel mínimo para cumplir con los límites máximos tolerables especificados en SLS 910.
NOTA
No es necesario realizar esta determinación de forma rutinaria para todas las muestras. Esto debe ser probado en caso de disputa y cuando lo requiera el comprador o proveedor o cuando exista alguna sospecha de contaminación por pesticidas.
6.2 Elementos potencialmente tóxicos
El producto no excederá los límites indicados en la tabla 3, cuando se pruebe de acuerdo con los métodos indicados en la columna 4 de la tabla.
TABLA 3 – Límites para potencialmente tóxico elementos
|
Sl No (1) |
Potencialmente tóxico elemento (2) |
Límite (3) |
Método de prueba (4) |
|
i) |
Arsénico, como Como, [[t136 578]]mg/ kg, máx. |
0.1 |
AOAC 986.15/ |
|
ii) |
Cadmio, como Cd, [[t138 350]]mg/ kg, máx. |
0.2 |
AOAC 999.11/ |
|
iii) |
Plomo, como Pb, [[t1399 88]]mg/ kg, máx. |
0.2 |
AOAC 994.11/ |
7 EMBALAJE
7.1 Mercado local mercado
El producto se envasará en envases limpios, sanos y secos, fabricados con envases de calidad alimentaria. material que [[t1420 75]]no no [[t142172] ]afecta el producto pero protege it de el ing ress of mes tura o pérdida de materia volátil.
7.2 Exportar mercado
7.2.1 Púas
Cada grado de púas deberá ser [[t1 43958]]empaquetado en [[t1 44060]]el formulario [[t144 158]]de compacto [[t1442 57]]fardos de [[t144355] ]aproximadamente 25 kg y/o 45 kg o según lo acordado entre el proveedor y el comprador. El envoltorio utilizado para los fardos deberá ser un material de embalaje limpio y adecuado para uso alimentario.
7.2.2 Cortar púas
Las púas cortadas se empaquetarán en material de embalaje limpio y adecuado para uso alimentario según el peso solicitado.
7.2.3
Los quillings, plumas y chips se envasarán en bolsas hechas de material apto para uso alimentario.
7.2.4 Tierra (en polvo), aplastado y especial cortes
El producto deberá [[t14 7325]]estar empaquetado en cl ean, adecuado comida grado e material de embalaje material.
8 MARCADO Y/ O ETIQUETADO
8.1
-
Nombre de[[t149154 ]] el producto como[[t 149303]] “Ceilán canela” - Comercial tipo/grado del producto como “púas” o “púas cortadas” o “púas” o “plumas” o “chips” o “molido/en polvo” o “triturado” o “cortes especiales”;
-
Marca nombre[[t 150088]] o comercio nombre, si cualquiera; - Neto [[t 150611]]peso, en “g”[[t1 50721]] o “kg”;
-
El lote o [[t15119 4]]código número o a
descifrable código marcado; -
[[t15174 0]]Nombre y dirección ss de el[[t15194 8]] fabricante y[[t1520 54]] empaquetador odistribuidor en Sri Lanka; - [[t15 2584]]Fecha de [[t152681 ]]fabricar; y
- Fecha de caducidad.
8.2
- [[t 153809]]Nombre de [[t153 905]]el producto;
-
Comercial tipo/ grado; - Peso neto ;
- [[t1548 27]]Las palabras; [[t154926 ]]“Ceilán Canela”
“Cinnamomum zeylanicum Blume” “Producto de Sri Lanka”
-
Marcas[[t15 5476]] a identificar el exportador; - Número de serie número de el paquete [[t1 56160]]en el envío;
- Destino; y
-
Cualquier otra información[[t1569 11]] solicitado por el comprador/ importador país.
9 MUESTREO
Muestras representativas de [[t157965] ]Ceilán canela deberá ser dibujado como dado en Apéndice A.
10 MÉTODO DE PRUEBAS
Las pruebas se se llevarán a cabo de acuerdo con los métodos prescritos en el Apéndice D de esta Norma, Partes 3, 4, 5, 8, 11 y 12 de SLS 186, Partes 5 y 12 de SLS 516 y métodos de análisis de la Asociación de Oficial Analítico Químicos (AOAC), 20a[[t160051] ] edición, 2016.
11 CRITERIOS PARA CONFORMIDAD
Se considerará que un lote cumple los requisitos de esta Norma, si el se cumplen las siguientes .
11.1
11.2
y 5.6.
11.3 El[[t16378 1]] compuesto muestra de Ceilán canela preparado [[t1641 14]]como en A.5.3 satisface los requisitos indicados en 5.7 y 6.
11.4
APÉNDICE A MUESTREO
A.1
La cantidad de paquetes de canela presentados al mismo tiempo y cubiertos por un contrato o documento de envío en particular.
A.2 LOTE
Todos paquetes en un solo envío del canela púas pertenecientes a del mismo tipo/grado constituirán un lote.
A.3 GEN ERAL REQUISITOS DE MUESTREO
Al extraer, preparar, almacenar y manipular muestras, se deben tomar las siguientes precauciones e instrucciones:
A.3.1
A.3.2 El muestreo instrumentos deberá
A.3.3
A.3.4[[t1712 56]] El[[t1713 53]] muestras deberán[[t1 71451]] ser colocado[[t171 545]] en limpio[[t17163 8]] y seco contenedores/ paquetes. Cuando dibujo muestras para examen microbiológico, los recipientes de las muestras deberán esterilizarse.
A.3.5 La muestra Los contenedores/paquetes deberán sellarse herméticamente después del llenado y marcarse con los detalles necesarios del muestreo.
A.3.6 Muestras se almacenará de tal manera que la temperatura del material no varíe indebidamente con respecto a la temperatura ambiente.
A.4
A.4.1 Si se declara o se sabe que el envío incluye diferentes tipos/grados o si parece que el lote es heterogéneo, los contenedores/paquetes que contengan el mismo tipo/grado de canela de Ceilán se agruparán y cada grupo así obtenido constituirá un lote separado.
A.4.2 El La conformidad de un lote con los requisitos de esta Norma se determinará sobre la base de pruebas realizadas en las muestras seleccionadas del lote.
A.4.3 El número El número de contenedores/paquetes que se seleccionarán de un lote deberá estar de acuerdo con la Tabla 4.
TABLA 4 - [[t175 376]]Escala de muestreo
|
Número de contenedores/paquetes en el lote (1) |
Número de contenedores/ paquetes a ser seleccionado (2) |
|
Arriba t o 100 |
8 |
|
101 a[[t178540] ] 400 |
14 |
|
401 a [[t1792 76]]1 000 |
20 |
|
1 001 [[t179967 ]]y arriba |
25 |
A.4.4 El Los contenedores/paquetes se seleccionarán al azar. Para garantizar la aleatoriedad de la selección, se utilizarán tablas de números aleatorios como se indica en SLS 428 .
A.4.5 [[t181233 ]]Referencia muestra
Si se requiere una muestra de referencia, el número de contenedores/paquetes que se seleccionarán de un lote será tres veces el número indicado en la columna 2 de la tabla 4. Los contenedores/bultos así seleccionados se dividirán en tres partes iguales. Una de estas partes deberá estar marcada para el comprador, otra para el proveedor y la tercera para árbitro.
A.4.6 Preparación de muestra compuesta
A.4.6.1 Tierra (en polvo) Ceilán canela
Se extraerán cantidades iguales de contenedores/paquetes seleccionados y se mezclarán completamente para formar la muestra compuesta.
A.4.6.2 Tipos[[t18352 8]] otro que molido (en polvo) [[t1837 72]]Ceilán canela
Se extraerán cantidades iguales de cada contenedor/paquete y se mezclarán completamente para formar una uniforme muestra y moler como se indica en Parte 1 de SLS 186 a forme la muestra compuesta .
A.5
A.5.1
- El contenidos de cada contenedor/ paquete seleccionado[[t 187694]] como en[[t 187958]] A.4.3[[t188183] ] deberá ser[[t1884 29]] inspeccionado para requisitos dados en 5.2, [[t188843] ]5.3, 5.4[[t1 89007]], 5.5 [[t18 9131]]y 5.6.
-
El
compuesto muestra preparado como[[t1 90340]] en A.4.6 deberá ser probado para el[[t191251 ]] requisitos dados en 5.7 un d 6.
-
A [[t 192241]]submuestra de
5 unidades deberá ser extraído de los contenedores/[[t193 552]] paquetes seleccionado[[t19382 5]] como en
A.4.6 y probado para requisitos[[t194432] ] dado en
APÉNDICE B
LINEAMIENTOS PARA CALIFICACIÓN DE CANELA PLUMAS Y CORTAR PLUMAS
- El [[t19 6191]]Ceilán canela n púas debería [[t196 658]]ser de[[t196812] ] el [[t19698 9]]siguiendo calificaciones:
Continental
Alba
C5 extra especial C5 especial
C5
C4
C3
Mexicano M5 especial
M5
M4
Hamburgo
H1
H2 especial H2
H3
- Se recomienda que la calificación de canela de Ceilán se basa en el diámetro de las púas, el número de púas por kilogramo y el grado de zorra, sean como se indica en Tabla 5.
TABLA 5 – [[t20225 8]]Calificación designación para [[t20 2414]]Ceilán canela púas y cortar púas
|
Sl No
(1) |
Calificación
(2) |
Diámetro de las púas, mm, máx.
(3) |
Número* de púas enteras (1050 ± 50 mm), por kg, mín. (4) |
Extensión del zorro, según centavo, máx.**
(5) |
|
i) |
Alba |
6 |
45 |
10 |
|
ii) |
C5 (extra especial) |
8 |
33 |
10 |
|
iii) |
C5 (especial) |
10 |
30 |
10 |
|
iv) |
C5 |
12 |
27 |
5 |
|
v) |
C4 |
16 |
22 |
15 |
|
vi) |
C3 |
18 |
20 |
20 |
|
vii) |
M5 (especial) |
16 |
22 |
60 |
|
viii) |
M5 |
18 |
20 |
60 |
|
ix) |
M4 |
21 |
15 |
60 |
|
x) |
H1 |
23 |
10 |
25 |
|
xi) |
H2 (especial) |
25 |
9 |
40 |
|
xii) |
H2 |
32 |
7 |
55 |
|
xiii) |
H3 |
38 |
6 |
65 |
* Número de púas por kilogramo mayo variar dependiendo en el longitud de la .
** El extensión de foxing es determinado por visual examen.
APÉNDICE C
GUÍA PARA CONSTITUCIÓN DE A BALE
-
[[t229986 ]]El mínimo p admisible longitud [[t23053 9]]de púas en a paca para cada grado
de púas debería ser el siguiente:
Alba
C5 (extra especial), C5 (especial), C5, C4, C3 200 mm M5 (especial), M5, M4
H1, H2 (especificación ial), H2, H3 -
- Por roturas inevitables en manipulación y transportar la cantidad permitida de trozos de púas (menos de 200 mm* de longitud) del mismo grado y las divisiones deben ser como dado en la tabla 6.
TABLA 6 – Cantidad permitida de trozos de púas y partidos del mismo grado en fardos de púas
|
Sl No (1) |
Calificación (2) |
Trozos de púas y hendiduras por fardo, porcentaje en masa, máx. (3) |
|
i) |
Alba y todos |
1 |
|
ii) |
Todos Mexicano calificaciones |
2 |
|
iii) |
Todos Hamburgo notas |
3 |
- El interior de un fardo puede contener púas de longitud entre 200 mm* y 1000 mm (denominadas púas cortas) hasta un máximo del 40 por ciento en masa. Sin embargo, las púas que tengan una longitud inferior a 600 mm no deberían tener más del 15 por ciento de su masa.
* 150 mm para Hamburgo grados.
APÉNDICE D
COLOR REFERENCIA PARA CEILÁN CANELA LADRIERTA PRODUCTOS
- PAN TONO COLOR REFERENCIA

- PANTON E COLOR CÓDIGO

- El examen de color se realizará a la luz del día. (luz solar brillante) o usando una caja de color con iluminación D65.
ANEXO
(informativo)
RECOMENDACIONES RELATIVAS AL ALMACENAJE Y TRANSPORTE CONDICIONES
* El Los envases/paquetes de canela deben almacenarse en locales cubiertos, bien protegidos del sol, la lluvia y el calor excesivo.
* El El almacén debe estar seco, libre de olores desagradables y protegido contra la entrada de insectos y alimañas. La ventilación debe controlarse para proporcionar una buena ventilación en condiciones secas y estar completamente cerrada en condiciones húmedas. En un almacén de almacenamiento, se deben disponer de instalaciones adecuadas para la fumigación.
* El Los contenedores deben manipularse y transportarse de manera que queden protegidos de la lluvia, del sol. o otra fuente es de excesivo calor, por olores desagradables y por infestación cruzada, especialmente en las bodegas de los barcos.


Fuente:
1. Instituto de Normas de Sri Lanka
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